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Reedición de las ayudas para autónomos de la Generalitat Catalunya

El próximo día 19 de febrero se abrirá un nuevo registro para que las personas trabajadoras autónomas se inscriban previamente y puedan optar a una nueva convocatoria de ayudas. Como en la última convocatoria, las personas que se inscriban serán consideradas solicitantes de la ayuda sin que tengan que hacer ningún otro tipo de actuación y podrán resultar beneficiarias si cumplen los requisitos establecidos en la correspondiente convocatoria.

Presentación de solicitudes
Desde las 9 de la mañana del 19 de febrero hasta el 26 de febrero a las 3 de la tarde.

Beneficiarios: Profesionales autónomos que ejerzan una actividad económica como persona física a título individual, mutualistas, societarios, socios cooperativistas, todos hasta un máximo de 6 personas (titulares incluidos).

Requisitos para acceder

  • Tener el domicilio fiscal en un municipio de Cataluña.
  • Estar en situación de alta en el RETA o en una mutualidad como sistema alternativo al RETA antes del 1 de enero de 2021 y mantener su alta de forma ininterrumpida como mínimo, hasta el 28 de febrero de 2021.
  • La base imponible del impuesto sobre la renta de las personas físicas del ejercicio fiscal 2019 de la persona solicitante debe ser igual o inferior a 35.000 euros, en caso de acogerse al sistema de tributación individual, y de igual cuantía, con relación a la parte de la base imponible correspondiente al solicitante, en caso de acogerse al sistema de tributación conjunta.
  • El rendimiento neto de la actividad durante todo el 2020 no debe superar el importe de 17.500 euros. En caso de que la última alta como persona trabajadora autónoma sea posterior al 1 de enero de 2020, el importe del rendimiento neto de la actividad no puede superar el resultado de multiplicar el número de días de alta como persona trabajadora autónoma durante el año 2020 por 47,95 euros.
  • Cumplir los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  • No tener ayudas otorgadas de acuerdo con la Resolución TSF / 1270/2020, de 3 de junio, por la que se abre la convocatoria para la concesión de subvenciones para favorecer el autoempleo de jóvenes inscritos en el programa de Garantía Juvenil para el año 2020, en el marco del plan de choque del Decreto ley 16/2020, de 5 de mayo, de medidas urgentes complementarias en materia de transparencia, ayudas de carácter social, contratación y movilidad para hacer frente a la Covidien-19.

Font: GENCAT